La Secretaría de Energía pone a disposición de la ciudadanía, en ejercicio de transparencia y participación democrática, la Agenda de Simplificación y Digitalización del primer semestre de 2026, documento que concentra las acciones de simplificación y digitalización previstas para el presente ejercicio. Esta agenda constituye un instrumento de planeación que permite anticipar, ordenar y dar seguimiento a las acciones de simplificación y digitalización que impactarán en el sector.
SIMPLIFICACIÓN TRÁMITE: SENER-2022-017-017-A sobre Solicitud de mediación. OBSERVACIONES: • Se considera que el trámite no puede ser eliminado ya que de acuerdo con el art. 138, fracción II, segundo párrafo de la Ley del Sector Hidrocarburos, y el art. 217, tercer párrafo del Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos, las personas Permisionarias de Transporte por ducto tienen derecho a solicitar a la Secretaría Energía la realización de la mediación, la cual la realizará con el apoyo de Testigos Sociales. Por lo que, el fundamento, descripción del proceso y demás columnas debe actualizarse.
SIMPLIFICACIÓN TRÁMITE: SENER-11-001 Manifestación de Impacto Social del Sector Energético OBSERVACIONES: • Fundamento jurídico falta incluir el art. 152 de la Ley del Sector Hidrocarburos. • El costo del trámite no se encuentra señalado, únicamente precisa que la tramitación de la MISSE conlleva el pago de derechos o cuotas aplicable. • La descripción del proceso no es acorde a las DACG sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético y el art. 240 del Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos, que indican que el trámite será por la "Ventanilla Energía" de manera digital y se resolverá en un plazo no mayor a 90 días hábiles a partir de la presentación de la MISSE. La celda del procedimiento se continúa señalando que el trámite será presencial previa cita: “EL INTERESADO EN PRESENTAR UNA MANIFESTACIÓN ANTE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA SOLICITA UNA CITA MEDIANTE UN PORTAL ELECTRÓNICO ESPECÍFICO PARA ELLO. 2. EL DÍA DE LA CITA, LA PERSONA PROMOVENTE SE PRESENTA EN LAS INSTALACIONES DE SENER […]”
SIMPLIFICACIÓN TRÁMITE: SENER-11-001 Manifestación de Impacto Social del Sector Energético OBSERVACIONES • Refieren a una reducción de requisitos, no queda claro cuáles son los requisitos que ya no se presentarán. • Fecha indicada, en las pestañas 1. Trámites a Simplificar y 1.1 Calendario Simplificación, pareciera que la simplificación ha sido concluida. • En la pestaña del archivo 3.1 Costeo_tramites_req: no se precisan los requisitos indicados en las Disposiciones Administrativas de Carácter General sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético
DIGITALIZACIÓN TRÁMITE: SENER-11-001 Manifestación de Impacto Social del Sector Energético OBSERVACIONES • En el fundamento jurídico falta incluir el art. 152 de la Ley del Sector Hidrocarburos. • El costo del trámite no se encuentra señalado, únicamente se precisa, entre otro otros aspectos que, la tramitación para la presentación de la MISSE conlleva el pago de derechos o cuotas aplicable. • La descripción del proceso no es acorde a las DACG sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético y el art. 240 del Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos, que indican que el trámite será por la "Ventanilla Energía" de manera digital y se resolverá en un plazo no mayor a 90 días hábiles a partir de la presentación de la MISSE. • Refieren a una reducción de requisitos, no queda claro cuáles son los requisitos que ya no se presentarán.
DIGITALIZACIÓN TRÁMITE: SENER-11-001 Manifestación de Impacto Social del Sector Energético OBSERVACIONES • Por la fecha indicada, pareciera que la digitalización ha sido concluida. • En las pestañas: 2. Calculadora de nivel de dig y 3. Costeo_tramites, no aparece este trámite. • En la pestaña del archivo “3.1 Costeo_tramites_req”: no se precisan los requisitos indicados en las DACG sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético
Buen dia, Los comentarios de la Asociación Mexicana de Empresas de Hidrocarbros (AMEXHI) respecto de la Agenda de Simplificación de la Secretaría de Energía se envían mediante la siguiente liga: https://drive.google.com/file/d/1vEoROzszZy3z0foiEEDeymbwk0LOuaRE/view?usp=sharing Gracias. Saludos, AMEXHI
SIMPLIFICACIÓN TRÁMITES: SENER-2024-074-026-I; SENER-2024-074-026-K; SENER-2024-074-026-M, permisos de importación de hidrocarburos. OBSERVACIONES • El fundamento jurídico, no incluye a la Ley del Sector Hidrocarburos y el Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos (RLSH) • Montos de columna “costos burocráticos”, parecen incorrectos, las cantidades señaladas resultan exorbitadas: 18,336,846,792; 3,915,619,133 y 1,365,133,857. • El proceso de atención y plazos son congruentes con el art. 144 del RLSH, indicando atención y resolución por la SENER; sin embargo, refieren que el trámite se continuará presentará en la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior ¿es esto correcto? • Acciones y objetivos: refieren la fusión de trámites que guarden relación entre ellos, sin precisar cuales se están fusionando. • Pestaña 3.1 Costeo_tramites_req: No contiene los requisitos del ANEXO III del Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación de SENER.