El “Programa Institucional 2026-2030 del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares” se emite como una obligación para dar cumplimiento a lo ordenado en los artículos 17 fracciones II y V, 22 y 30 de la Ley de Planeación; 47 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. En virtud de que es una obligación legal de la Entidad, emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación, dicho Programa Institucional, el cual es un programa de gestión estratégica que guía las acciones del ININ, que establece objetivos prioritarios en congruencia con la planeación nacional y sectorial, que planea desarrollar durante el período del 2026 al 2030. O sea no es un instrumento regulatorio de un trámite o un servicio, ni genera un costo de cumplimiento para los particulares, por lo que con fundamento en el artículo 36 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos está exento del Análisis de Impacto Regulatorio.
Programa Institucional 2026-2030 del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares
El “Programa Institucional 2026-2030 del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares” se emite como una obligación para dar cumplimiento a lo ordenado en los artículos 17 fracciones II y V, 22 y 30 de la Ley de Planeación; 47 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. En virtud de que es una obligación legal de la Entidad, emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación, dicho Programa Institucional, el cual es un programa de gestión estratégica que guía las acciones del ININ, que establece objetivos prioritarios en congruencia con la planeación nacional y sectorial, que planea desarrollar durante el período del 2026 al 2030. O sea no es un instrumento regulatorio de un trámite o un servicio, ni genera un costo de cumplimiento para los particulares, por lo que con fundamento en el artículo 36 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos está exento del Análisis de Impacto Regulatorio.
Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares
Programa
El “Programa Institucional 2026-2030 del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares” se emite como una obligación para dar cumplimiento a lo ordenado en los artículos 17 fracciones II y V, 22 y 30 de la Ley de Planeación; 47 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. En virtud de que es una obligación legal de la Entidad, emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación, dicho Programa Institucional, el cual es un programa de gestión estratégica que guía las acciones del ININ, que establece objetivos prioritarios en congruencia con la planeación nacional y sectorial, que planea desarrollar durante el período del 2026 al 2030. O sea no es un instrumento regulatorio de un trámite o un servicio, ni genera un costo de cumplimiento para los particulares, por lo que con fundamento en el artículo 36 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos está exento del Análisis de Impacto Regulatorio.
Documento anexo de la propuesta regulatoria
Por su propia naturaleza debe emitirse o actualizarse de manera periódica
Justificación: La publicación en el Diario Oficial de la Federación del Programa Institucional 2026-2030 del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, es para dar cumplimiento a lo ordenado en los artículos 17 fracciones II y V, 22 y 30 de la Ley de Planeación; 47 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. En virtud de que es una obligación legal de la Entidad, emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación, dicho Programa Institucional, el cual es un plan de gestión estratégica que guía las acciones del ININ, que establece objetivos prioritarios en congruencia con la planeación nacional y sectorial, que planea desarrollar durante el período del 2026 al 2030. O sea no es un instrumento regulatorio de un trámite o un servicio, ni genera un costo de cumplimiento para los particulares, por lo que con fundamento en el artículo 36 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos está exento del Análisis de Impacto Regulatorio.