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Programa Institucional 2026-2030 del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares

El “Programa Institucional 2026-2030 del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares” se emite como una obligación para dar cumplimiento a lo ordenado en los artículos 17 fracciones II y V, 22 y 30 de la Ley de Planeación; 47 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. En virtud de que es una obligación legal de la Entidad, emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación, dicho Programa Institucional, el cual es un programa de gestión estratégica que guía las acciones del ININ, que establece objetivos prioritarios en congruencia con la planeación nacional y sectorial, que planea desarrollar durante el período del 2026 al 2030. O sea no es un instrumento regulatorio de un trámite o un servicio, ni genera un costo de cumplimiento para los particulares, por lo que con fundamento en el artículo 36 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos está exento del Análisis de Impacto Regulatorio.

Exención de Análisis de Impacto Regulatorio
Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares
Programa
Fecha Actualización: 03/03/2026 11:07 hr
  • Información general

Información general de la propuesta regulatoria

Título de la Propuesta Regulatoria

Programa Institucional 2026-2030 del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares

Descripción general

El “Programa Institucional 2026-2030 del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares” se emite como una obligación para dar cumplimiento a lo ordenado en los artículos 17 fracciones II y V, 22 y 30 de la Ley de Planeación; 47 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. En virtud de que es una obligación legal de la Entidad, emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación, dicho Programa Institucional, el cual es un programa de gestión estratégica que guía las acciones del ININ, que establece objetivos prioritarios en congruencia con la planeación nacional y sectorial, que planea desarrollar durante el período del 2026 al 2030. O sea no es un instrumento regulatorio de un trámite o un servicio, ni genera un costo de cumplimiento para los particulares, por lo que con fundamento en el artículo 36 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos está exento del Análisis de Impacto Regulatorio.

Sujeto obligado

Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares

Tipo de Regulación

Programa

Precisa el fundamento jurídico que faculta al sujeto obligado emitir la propuesta regulatoria

El “Programa Institucional 2026-2030 del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares” se emite como una obligación para dar cumplimiento a lo ordenado en los artículos 17 fracciones II y V, 22 y 30 de la Ley de Planeación; 47 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. En virtud de que es una obligación legal de la Entidad, emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación, dicho Programa Institucional, el cual es un programa de gestión estratégica que guía las acciones del ININ, que establece objetivos prioritarios en congruencia con la planeación nacional y sectorial, que planea desarrollar durante el período del 2026 al 2030. O sea no es un instrumento regulatorio de un trámite o un servicio, ni genera un costo de cumplimiento para los particulares, por lo que con fundamento en el artículo 36 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos está exento del Análisis de Impacto Regulatorio.

Documento anexo de la propuesta regulatoria

sin-descripcion-f7392de5-3a3f-4276-9e87-095a139148aa.pdf
Supuesto de exención

Por su propia naturaleza debe emitirse o actualizarse de manera periódica


Justificación: La publicación en el Diario Oficial de la Federación del Programa Institucional 2026-2030 del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, es para dar cumplimiento a lo ordenado en los artículos 17 fracciones II y V, 22 y 30 de la Ley de Planeación; 47 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. En virtud de que es una obligación legal de la Entidad, emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación, dicho Programa Institucional, el cual es un plan de gestión estratégica que guía las acciones del ININ, que establece objetivos prioritarios en congruencia con la planeación nacional y sectorial, que planea desarrollar durante el período del 2026 al 2030. O sea no es un instrumento regulatorio de un trámite o un servicio, ni genera un costo de cumplimiento para los particulares, por lo que con fundamento en el artículo 36 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos está exento del Análisis de Impacto Regulatorio.