La presente Norma Oficial Mexicana es establecer los requisitos que debe cumplir el contenido del Manual de Vuelo.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-018-SICT3-2024, MANUAL DE VUELO
La presente Norma Oficial Mexicana es establecer los requisitos que debe cumplir el contenido del Manual de Vuelo.
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
Norma Oficial Mexicana
Con fundamento en la Ley de Aviación Civil a través de su Artículo 6, facción IX, se faculta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a expedir en los términos de la normativa aplicable las normas oficiales mexicanas, en materia de aviación civil y aeroportuaria.
Documento anexo de la propuesta regulatoria
Deriva de un tratado comercial o compromiso a nivel internacional
Justificación: En noviembre de 1944, México firma el Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago) de la Organización de Aviación Civil Internacional, teniendo como finalidad, sentar las bases que en adelante regirán la aviación civil a nivel mundial. Conforme al Artículo 37 “Adopción de normas y procedimientos internacionales” del Convenio de Chicago, se ha manifestado el acuerdo de nuestro país para comprometerse a colaborar, a fin de lograr el más alto grado de uniformidad posible en las Reglamentaciones, Normas, procedimientos y organización relativos a las aeronaves, personal, así como en todas las cuestiones en que tal uniformidad facilite y mejore la navegación aérea. Dado lo anterior el Estado Mexicano tiene el compromiso de considerar lo establecido en las Normas y Métodos Recomendados (SARPs) de la OACI contenidos en sus Anexos 6 “Operación de Aeronaves” y 8 “Aeronavegabilidad”; en lo referente al Manual de Vuelo.