El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (FAISPIAM) es el componente indígena del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), el cual, tiene como objetivo el financiamiento de obras, acciones sociales básicas e inversiones que beneficien directamente a la población indígena y afromexicana. Por lo anterior, el presente ACUERDO tiene como objeto dar a conocer las variables y fuentes de información disponibles para la aplicación de la fórmula de distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (FAISPIAM).
ACUERDO por el que se dan a conocer las variables y fuentes de información para la aplicación de la fórmula de distribución del componente indígena y afromexicano del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para el ejercicio fiscal 2026
El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (FAISPIAM) es el componente indígena del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), el cual, tiene como objetivo el financiamiento de obras, acciones sociales básicas e inversiones que beneficien directamente a la población indígena y afromexicana. Por lo anterior, el presente ACUERDO tiene como objeto dar a conocer las variables y fuentes de información disponibles para la aplicación de la fórmula de distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (FAISPIAM).
Secretaría de Bienestar
Acuerdo
El fundamento jurídico que faculta a la Secretaría de Bienestar a emitir la propuesta regulatoria se encuentra establecido en el artículo 3, fr. XVIII del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026
Documento anexo de la propuesta regulatoria
No modifica obligaciones existentes, ni adiciona nuevos costos burocráticos
Justificación: La emisión de la presente propuesta regulatoria se encuentra exenta del Análisis de Impacto Regulatorio, toda vez que se actualiza el supuesto del artículo 36, fracción VIII de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, ya que la emisión de la presente propuesta regulatoria corresponde a un instrumento que debe emitirse para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3° Fracción XVIII del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2026 y que tiene por objeto dar a conocer las variables y fuentes de información disponibles para la aplicación de la fórmula de distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (FAISPIAM), misma que se apega a lo dispuesto en el artículo 2º Constitucional. En ese sentido, no genera costos burocráticos y otorga certeza jurídica y transparencia respecto de la utilización del Fondo por los gobiernos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales, al establecerse las variables y fuentes de información para la aplicación de la fórmula de distribución del componente indígena y afromexicano.