La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural propone emitir un Acuerdo mediante el cual delega atribuciones al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), con el objetivo de facilitar la correcta implementación y cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SAGARPA-2018, Carne de bovino-Clasificación de canales conforme a sus características de madurez fisiológica y marmoleo. Con este Acuerdo, permitirá al SENASICA hacer más eficiente su operación institucional, permitiendo que las actividades de supervisión, verificación, y registro relacionadas con la identificación del ganado se realicen de manera ágil y oportuna en todo el país, en beneficio del sector agroalimentario y de la población en general. Para la ciudadanía, esta medida se traduce en una mejor vigilancia sanitaria, y mayor certeza sobre el origen y manejo del ganado bovino. Asimismo, contribuye a facilitar el comercio nacional e internacional de productos pecuarios.
Acuerdo por el que se delegan en el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, las atribuciones que se indican.
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural propone emitir un Acuerdo mediante el cual delega atribuciones al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), con el objetivo de facilitar la correcta implementación y cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SAGARPA-2018, Carne de bovino-Clasificación de canales conforme a sus características de madurez fisiológica y marmoleo. Con este Acuerdo, permitirá al SENASICA hacer más eficiente su operación institucional, permitiendo que las actividades de supervisión, verificación, y registro relacionadas con la identificación del ganado se realicen de manera ágil y oportuna en todo el país, en beneficio del sector agroalimentario y de la población en general. Para la ciudadanía, esta medida se traduce en una mejor vigilancia sanitaria, y mayor certeza sobre el origen y manejo del ganado bovino. Asimismo, contribuye a facilitar el comercio nacional e internacional de productos pecuarios.
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
Acuerdo
Artículos 1, 2, fracción I, 12, 14, primer párrafo, 16, 17, 26, fracción XI y 35, fracciones IV, XXV y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3, fracciones X, XIII y XIV 55 y 145 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 1, 3, 6, fracciones III, VII, VIII, XXVI, XXXVII, LIX y LXXI, 18, fracción I, 51, 120 y 155 de la Ley Federal de Sanidad Animal; 1, 245, fracción III, 246, fracción II y 253 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal; 1, 2, letras “B”, fracción IV y “C”, 3, 4, 5, fracción XXV, 9, fracciones III, XXII y XXVIII, 23, fracción XVII, 45 y 46, primer párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; 1, 3, 4, 5, 6, fracción III, 11, fracciones II, VII, X y XXV, 13, 14, fracciones IV, V, VI, VII, X y XIV y 18, fracciones II, XI y XIV del Reglamento Interior del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, y 10 de la NOM-004-SAGARPA-2018.
Documento anexo de la propuesta regulatoria
No modifica obligaciones existentes, ni adiciona nuevos costos burocráticos
Justificación: La propuesta regulatoria, se ubica bajo el supuesto establecido en el artículo 36, fracción VIII de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos debido a que únicamente tiene como objetivo que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural delegue en el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria SENASICA, las facultades de verificación y vigilancia, de la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SAGARPA-2018, Carne de bovino-Clasificación de canales conforme a sus características de madurez fisiológica y marmoleo, para fortalecer y asegurar el cumplimiento de la normatividad aplicable en la cadena productiva. Lo anterior toda vez que, SENASICA, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, tiene dentro de sus atribuciones proponer al titular la política nacional en materia de sanidad animal, así como fomentar y facilitar el comercio nacional e internacional de los productos bajo su competencia. En consecuencia, la propuesta regulatoria no modifica la obligación existente en la NOM-004-SAGARPA-2018, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación desde el 23 de noviembre de 2020, aunado a que por sí mismo, el proyecto no genera costos burocráticos a los particulares.