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ACUERDO por el que se deja insubsistente el numeral 12. ERITROSINA Y SUS LACAS, ROJO ALIMENTOS 14. ROJO 3 FD&C. No. CI: 45430, SIN: 127 del Anexo III “Colorantes con IDA establecida” del Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2012, y modificado el 05 de septiembre de 2013 y 16 de mayo de 2016

La propuesta regulatoria modifica el “Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias”, cuya última modificación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de mayo de 2016. Existe una necesidad constante de actualizar el Acuerdo, ya sea porque derivan de las solicitudes presentadas por particulares ante COFEPRIS para incorporar nuevas sustancias, de los análisis realizados sobre aquellas establecidas, así como de los avances tecnológicos en la materia. La presente propuesta regulatoria, constituye una medida de protección a la salud de la población, mediante la cual se busca contribuir a garantizar condiciones idóneas de los alimentos, bebidas y suplementos alimenticios destinados al consumo humano, a través del adecuado control de los aditivos que intervienen en la elaboración de dichos productos.

Exención de Análisis de Impacto Regulatorio
Secretaría de Salud
Acuerdo
Fecha Actualización: 18/05/2026 18:45 hr
  • Información general

Información general de la propuesta regulatoria

Título de la Propuesta Regulatoria

ACUERDO por el que se deja insubsistente el numeral 12. ERITROSINA Y SUS LACAS, ROJO ALIMENTOS 14. ROJO 3 FD&C. No. CI: 45430, SIN: 127 del Anexo III “Colorantes con IDA establecida” del Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2012, y modificado el 05 de septiembre de 2013 y 16 de mayo de 2016

Descripción general

La propuesta regulatoria modifica el “Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias”, cuya última modificación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de mayo de 2016. Existe una necesidad constante de actualizar el Acuerdo, ya sea porque derivan de las solicitudes presentadas por particulares ante COFEPRIS para incorporar nuevas sustancias, de los análisis realizados sobre aquellas establecidas, así como de los avances tecnológicos en la materia. La presente propuesta regulatoria, constituye una medida de protección a la salud de la población, mediante la cual se busca contribuir a garantizar condiciones idóneas de los alimentos, bebidas y suplementos alimenticios destinados al consumo humano, a través del adecuado control de los aditivos que intervienen en la elaboración de dichos productos.

Sujeto obligado

Secretaría de Salud

Tipo de Regulación

Acuerdo

Precisa el fundamento jurídico que faculta al sujeto obligado emitir la propuesta regulatoria

Los artículos 4o., párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, fracción XVI, 39, fracciones I, XIII y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o., fracción III, 17 Bis fracción VI, 194, fracción I, 215, fracción IV, 404, fracciones XII y XIII y 411 de la Ley General de Salud; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 11, 22, 201, 202, 203, 205 y 208, del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; y 7, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

Documento anexo de la propuesta regulatoria

sin-descripcion-5c4552e9-7fc2-4c47-8e27-138e7a2d4120.pdf
Supuesto de exención

Busca evitar un daño inminente o bien atenuar o eliminar uno existente que afecte la salud o el bienestar de la población, la salud animal y la sanidad vegetal, el medio ambiente, los recursos naturales, la economía o cualquier otro ámbito relacionado con una situación de emergencia


Justificación: La presente propuesta normativa no requiere que los particulares realicen adecuaciones en infraestructura, procesos productivos, etiquetado, ni documentación distinta a las ya prevista en la versión vigente del “ACUERDO por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias” (en adelante, el Acuerdo), cuya última modificación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de mayo de 2016, ni a los procedimientos para la autorización, uso y control sanitario de aditivos y coadyuvantes, los cuales permanecen sin modificación, por lo que los particulares no deben realizar acciones adicionales para dar cumplimiento al Acuerdo.