Se adiciona la fracción XLVI BIS a la regla 1.2.1, se modifican las reglas 2.4.3, segundo párrafo, 2.4.6, fracción I y párrafos segundo y tercero, 2.4.11, fracciones IX y IXBIS, segundo párrafo y el numeral 1 y 3 del Anexo 2.4.1, y se deroga la fracción LXXI de la regla 1.2.1 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones
ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA EMITE REGLAS Y CRITERIOS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR.
Se adiciona la fracción XLVI BIS a la regla 1.2.1, se modifican las reglas 2.4.3, segundo párrafo, 2.4.6, fracción I y párrafos segundo y tercero, 2.4.11, fracciones IX y IXBIS, segundo párrafo y el numeral 1 y 3 del Anexo 2.4.1, y se deroga la fracción LXXI de la regla 1.2.1 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones
Secretaría de Economía
Acuerdo
Artículos 34, fracciones I y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 4o., fracción III, 5o., fracciones III, V, X, XI y XII, 17 y 20 de la Ley de Comercio Exterior; 21 y 22 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, y 5, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía
Documento anexo de la propuesta regulatoria
No modifica obligaciones existentes, ni adiciona nuevos costos burocráticos
Justificación: La presente Propuesta Regulatoria se ubica en el supuesto previsto en el artículo 36, fracción VIII, toda vez que no modifica obligaciones existentes ni adiciona nuevos costos burocráticos, ya que únicamente realiza adecuaciones técnicas y de homologación normativa al Acuerdo de Reglas en materia de comercio exterior, mediante la actualización de referencias a Normas Oficiales Mexicanas vigentes, la incorporación de referencias a la plataforma PLATIICA y la precisión de fracciones arancelarias ya sujetas al cumplimiento de NOMs aplicables. En ese sentido, no se crean nuevos trámites, requisitos, permisos o cargas administrativas para los particulares, sino que se armoniza y actualiza el marco regulatorio vigente para otorgar mayor certeza jurídica y operativa