Se implementa la medida no arancelaria de sujetar a permiso previo de importación las mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias 1701.12.05, 1701.13.01, 1701.14.91, 1701.91.04, 1701.99.99, 1702.90.01 y 2106.90.99, de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, con el propósito de robustecer el esquema de trazabilidad y control de los azúcares que ingresen al país y generar estrategias que promuevan el desarrollo de la actividad azucarera nacional
ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA EMITE REGLAS Y CRITERIOS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR.
Se implementa la medida no arancelaria de sujetar a permiso previo de importación las mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias 1701.12.05, 1701.13.01, 1701.14.91, 1701.91.04, 1701.99.99, 1702.90.01 y 2106.90.99, de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, con el propósito de robustecer el esquema de trazabilidad y control de los azúcares que ingresen al país y generar estrategias que promuevan el desarrollo de la actividad azucarera nacional
Secretaría de Economía
Acuerdo
Artículos 34, fracciones I y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 4o., fracción III, 5o., fracciones III, V, X y XII, 17, 20 y 21 de la Ley de Comercio Exterior; 21 y 22 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, y 5, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía
Documento anexo de la propuesta regulatoria