Se adicionan los artículos VIGÉSIMO OCTAVO, VIGÉSIMO NOVENO y TRIGÉSIMO al Acuerdo que establece los bienes de uso dual, software y tecnologías cuya exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2020 y sus posteriores modificaciones
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO QUE ESTABLECE LOS BIENES DE USO DUAL, SOFTWARE Y TECNOLOGÍAS CUYA EXPORTACIÓN ESTA SUJETA A REGULACIÓN POR PARTE DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA.
Se adicionan los artículos VIGÉSIMO OCTAVO, VIGÉSIMO NOVENO y TRIGÉSIMO al Acuerdo que establece los bienes de uso dual, software y tecnologías cuya exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2020 y sus posteriores modificaciones
Secretaría de Economía
Acuerdo
Artículos 34, fracciones I, V y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 4o., fracción III, 5o., fracciones III y X, 17 y 21 de la Ley de Comercio Exterior; y 5, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía
Documento anexo de la propuesta regulatoria
Deriva de un tratado comercial o compromiso a nivel internacional
Justificación: De conformidad con el artículo 49 fracción I, la presente Propuesta Regulatoria se ubica en el supuesto previsto en el artículo 36, fracción V, de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, al derivar de compromisos y mecanismos internacionales de control de exportaciones asumidos por México en el marco del Arreglo de Wassenaar y demás regímenes multilaterales relacionados con bienes de uso dual, tecnologías y armamento estratégico. Asimismo, no modifica obligaciones existentes ni adiciona nuevos costos burocráticos para los particulares, toda vez que únicamente incorpora disposiciones de armonización y actualización del marco regulatorio vigente en materia de control de exportaciones, con el fin de mantener consistencia con los controles internacionales aplicables. La propuesta no crea nuevos trámites, requisitos, permisos o procedimientos administrativos adicionales, ni impone cargas documentales distintas a las ya previstas en el “Acuerdo que establece los bienes de uso dual, software y tecnologías cuya exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Economía”, sino que fortalece la coordinación institucional y prevé la actualización de los anexos conforme a compromisos internacionales ya existentes. En consecuencia, las medidas propuestas tienen naturaleza administrativa y de homologación regulatoria, sin generar costos burocráticos adicionales para los regulados.